La Consejería de Educación y Cultura de Extremadura asegurará la escolarización "inmediata" de los alumnos y alumnas que se vean afectados por cambios de centro derivados de actos de violencia de género, violencia doméstica o acoso escolar, e igualmente facilitará que los centros educativos presten especial atención a dichos alumnos, así como a aquellos que sean víctimas del terrorismo.
MÉRIDA, 24 (EUROPA PRESS)
De este modo se contempla en la modificación aprobada este viernes por el Consejo de Gobierno de Extremadura del decreto que regula la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados en la región.
Según recuerda el Ejecutivo autonómico, la entrada en vigor de la Ley 4/2011, de 7 de marzo de Educación de Extremadura, introduce algunos "cambios significativos" relacionados con los principios generales de admisión del alumnado dando facultad a la Administración para requerir información sobre aquellas circunstancias personales o familiares estrictamente necesarias para aplicar los criterios de admisión.
Con ello se pretende "asegurar" la escolarización "inmediata" al alumnado afectado por cambios de centro derivados de violencia doméstica, y así mismo, al asumir la consejería la gestión del primer ciclo de la educación infantil, se regula la necesidad, en cualquier caso, que para acceder al segundo ciclo de educación infantil en centros docentes sostenidos con fondos públicos se deberá participar en el procedimiento de admisión establecido en el Decreto 42/2007.
Según el nuevo texto legal, en la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos no puede establecerse "ningún" tipo de discriminación por razones ideológicas, religiosas, morales, sociales, de sexo, raza o nacimiento, ni se exigirá la formulación de declaraciones que puedan afectar a la intimidad, creencias o convicciones, ni ninguna otra condición que suponga en la práctica una dificultad real en la admisión de alumnos.
Ello no impide requerir --añade la Junta-- información sobre aquellas circunstancias personales o familiares estrictamente necesarias para aplicar los criterios de admisión, garantizándose el deber de "sigilo". En todo caso, se atenderá a una "adecuada y equilibrada" distribución entre los centros escolares de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.
Asimismo, en el articulado se añaden dos nuevos criterios para la admisión de alumnos, como la pertenencia a familia numerosa legalmente reconocida y la concurrencia en el alumno de enfermedad crónica que afecte al sistema digestivo, endocrino o metabólico y exija como tratamiento esencial el seguimiento de una dieta compleja y un estricto control alimenticio.
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